5- JUSTICIA ELECTORAL

5.5 Conflictos relacionados con el ejercicio de la función pública

5.5.d) Parcialidad, participación o beligerancia política prohibida de los funcionarios públicos

Participación política de miembros de Junta Directiva de Correos de Costa Rica

Se evacua la consulta formulada en el siguiente sentido: a) el cargo de miembro de la Junta Directiva de Correos de Costa Rica S.A. está sujeto a la prohibición absoluta que se regula en el párrafo segundo del numeral 146 del Código Electoral y, por ende, tiene proscrita -a partir de su nombramiento- toda forma de participación político partidaria, salvo la emisión del voto y; b) los miembros de la Junta Directiva de Correos de Costa Rica S.A. no están en la obligación de renunciar a su cargo para postularse como candidatos a presidente, vicepresidente o diputados; no obstante, tomando como premisa que están sujetos a la prohibición absoluta señalada y que sus derechos políticos quedan reducidos al ejercicio del sufragio el día de las elecciones, siendo la postulación a un cargo de elección popular un acto de participación político-partidario por excelencia, ello comporta un acto de beligerancia política plenamente sancionable en su caso.

N.º 420-E8-2013de las diez horas cuarenta minutos del veinticuatro de enero de dos mil trece. Consulta formulada por el señor JOSE MANUEL ECHANDI MEZA, en su condición de miembro de la Junta Directiva de Correos de Costa Rica S.A., respecto de las limitaciones de participación político-electoral que le resultan aplicables.